EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nro. 3.869/05
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ——————– efectuar el pago en virtud
de la documentación obrante en el Expediente Administrativo 4029-2597/05 por la
suma parcial de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO con noventa y nueve centavos
( $ 364,99) en concepto de Honorarios Médicos COSANOBA
correspondiente al mes de diciembre del año 2.004; conforme lo dispuesto en el
art. º140 y ccs. del Reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires
.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el art. 1º
de PESOS TRESCIENTOS ———————- SESENTA Y CUATRO, con noventa y
nueve centavos ( $ 364,99) se imputará a la partida de deuda flotante del actual
presupuesto de gastos y recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL CINCO.-
EXPTE NRO. 8.956/05.-