EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.963/05
ARTICULO 1º: Autorízase al Jardín de Infantes Nro.907
de Chacabuco al uso del espacio ——————- público y corte de calle
Rivadavia y Salta los días 30/11/05 y 1/12/05 a partir de las 15:00 hasta las
24:00 hs., con motivo de realizar " Fiesta Recretativa".-
ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 9.251/05.-