EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br />

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.976/05

VISTO:

Lo solicitado por el Sr. Presidente de la Comisión Directiva
del "CENTRO LOS MARINOS Y BIBLIOTECA POPULAR DOMINGO F. SARMIENTO; Y

CONSIDERANDO:

Que el 8 de mayo de 1906 fue fundado el "Centro Los
Marinos y Biblioteca Popular Domingo F. Sarmiento".

Que dicha Institución ha marcado un fuerte rumbo en el
desenvolvimiento social y cultural de nuestra ciudad.-

Que en el transcurso de estos cien años, la institución puede
exhibir con orgullo permanente crecimiento comunitario.-

Que en el año 1946 adquirió el inmueble donde desde este
entonces funciona la sede del club, sita en San Martín nro. 38 de esta ciudad.-

Que desde 1947 funciona en su sede, la Biblioteca Popular
Domingo F. Sarmiento, la que en la actualidad cuenta con más de 8.000 volúmenes,
y es asistida por la CO.NA.BIP. a través de entrega de libros, computadoras
conectadas a Internet.-

Que en su objetivo de permanente desarrollo institucional, se
adquirió la quinta ubicada en calle Italia y Castelli donde funciona el Anexo
Deportivo que cuenta con frondosa arboleda, parrillas, mesas, bancos, cancha de
fútbol, cancha de padle, arenero, juegos para chicos y tres piletas de
natación.-

Por ello RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Legislativo,
Cultural y Municipal los actos ——————— conmemorativos de los cien
años de la fundación del "Centro Los Marinos y Biblioteca Popular Domingo
Fautisno Sarmiento"
, acaecido el 8 de mayo del año 1.906.

ARTICULO 2º: Expresar el reconocimiento de este
Cuerpo Deliberativo para con todos los ——————- socios e integrantes
de las Comisiones Directivas de la Institución.-

ARTICULO 3º: Remitir copia de la presente Ordenanza,
con sus Vistos y Considerandos a la ——————– Comisión Directiva del
" Centro Los Marinos".-

ARTICULO 4º: Comuníquese, Publíquese y Archívese.-

——————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO 9.249/05

AUTOR: Bloques Legislativos H.C.D