EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4002/06
ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o ——————– poseedores a título de
dueño con frente a la obra "Construcción de Cordón Cuneta de Hormigón
Simple", en cuatro (4) cuadras y tres (3) bocacalles en la Localidad de
OHiggins Partido de Chacabuco, de acuerdo al siguiente detalle:
CALLES Nro. ORDEN:
Lavalle, entre Mitre y Junín
Dr. Maggi (1 acera), entre 25 de Mayo y Lavalle
Mitre, entre San Martín y Lavalle
Mitre, entre 25 de Mayo y Lavalle
BOCACALLES:
25 de Mayo y Dr. Maggi
Dr. Maggi y Lavalle
Lavalle y Mitre
ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 8.999/05