EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4027/06
ARTICULO 1º: Convalídase el Contrato de Comodato
celebrado entre esta Municipalidad y ——————– el Club Atlético
Deportivo 9 de Julio, a efectos de la utilización gratuita de las instalaciones
del Polideportivo.-
ARTICULO 2º: Condónase y exímase durante la vigencia
del Comodato, del pago de la Tasa ———————– por Servicios Urbanos
Generales, al inmueble que se designa catastralmente como: Circunscripción I,
Sección J, Quinta 685-A, Parcela 1, Partida 237700-0.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9.074/05