EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4051/06

 

ARTICULO 1º: Condónase y exímase del pago de las
tasas municipales por "Servicio General ——————- Urbanos" ,
a los inmuebles de propiedad de Entidad Cultural Social y Deportiva,
denominada " Club Social Chacabuco" a saber:

Circunscripción I, Sección J, Quinta 651, Partida Nº
250400.-

Circunscripción I, Secciona A, Manzana 155, Parcelas 3,
Partida Nº 2024600.-

Circunscripción I, Sección A, Manzana 155, Parcela 31,
Partida Nº 529100.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.356/06