EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN

USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4127/06

 

 

ARTICULO 1º : Autorizase la excepción a la Ordenanza de
Zonificación según ———————Usos Nro. 2322/00 a la firma comercial "Metalúrgica
Lavagnino
S.R.L." en el rubro "Fabrica de tanques, depósitos y
recipientes de
metales" permitiéndosele el funcionamiento, previa
Habilitación Municipal, en el inmueble ubicado en calle 14 de Julio Nº 260 de
nuestra ciudad que se designa catastralmente : Circ.I., Secc.F., Manza.449 C.,
Parc.1 a, Partida 026-014939-3.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA SE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9472/06