EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4169/06

 

ARTICULO 1º: Llámese a la participación comunitaria
para la materialización de una ——————— referencia escultórica
alusiva al " 5 de Agosto", fecha de la creación del Partido de Chacabuco. La
misma se ejecutará en la Plaza 5 de Agosto e incluirá la reformulación del
basamento existente, que pasará a formar parte de la obra a proyectar.

ARTICULO 2º: La reglamentación de la presente
ordenanza propondrá una participación ———————- abierta a todos los
ámbitos de la comunidad, que garantice una intervención urbanística,
arquitectónica, estética y cultural.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9584/006

Autor: Hugo INACIO