ACUERDA Y SANCIONA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4175/06
ARTICULO 1º: Exímase a la entidad de bien público "ASOCIACIÓN
HOGAR PAOLO ——————– JESÚS MACHELLO",
del pago del Fondo Benéfico establecido en el articulo 8º Inc. 8.1 de la
Ordenanza Nro. 2.402/00.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9604/06