EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANBTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4197/06
ARTICULO 1º: Exímase a la entidad de bien público
"MÚSICOS UNIDOS DE ——————— CHACABUCO",
del pago del Fondo Benéfico establecido en el articulo 8º inc. 8.1 de la
Ordenanza Nro. 2.402/00.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9.635/06