EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANBTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANBTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4197/06

 

ARTICULO 1º: Exímase a la entidad de bien público
"MÚSICOS UNIDOS DE
——————— CHACABUCO",
del pago del Fondo Benéfico establecido en el articulo 8º inc. 8.1 de la
Ordenanza Nro. 2.402/00.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SEIS.-

 

EXPTE NRO. 9.635/06