EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.355/07
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nº ——————– 2322/00 al
comercio en el rubro "IMPRENTA", propiedad del Sr. PASTORE JUAN
ALFREDO, permitiéndosele el funcionamiento previa Habilitación Municipal en el
inmueble ubicado en calle Pueyrredón nro. 323 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 9.923/07