EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.355/07

 

ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nº ——————– 2322/00 al
comercio en el rubro "IMPRENTA", propiedad del Sr. PASTORE JUAN
ALFREDO, permitiéndosele el funcionamiento previa Habilitación Municipal en el
inmueble ubicado en calle Pueyrredón nro. 323 de nuestra ciudad.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.923/07