EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.380/07
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a adjudicar la construcción de ——————– cuatro (4)
Viviendas en la Manzana 72 de la Localidad de Rawson, perteneciente al "Subprograma
Federal de Construcción de Viviendas con Municipios"; a la Empresa de
propiedad del Sr. Alejandro Dentella, único oferente de la licitación privada;
conforme a la documentación obrante en el expte administrativo nro.
4029-2275/07 según lo normado en el art. 155º de la Ley Orgánica Municipal.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-
EXPTE NRO. 10.001/07.-