EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.388/07
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nro. ———————- 2322/00 a N
D Distribuidora S.R.L. en el rubro " Venta al por mayor de bebidas
no alcohólicas", permitiéndole el funcionamiento previa habilitación
municipal en el inmueble ubicado en calle Padre Doglia nº 244 de nuestra
ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 9.997/07