EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.390/07
ARTICULO 1º:
ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 10.006/07.-