HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la
siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.402/07
ARTICULO 1º: Condónase la deuda por Servicios
Urbanos Generales al inmueble —————– propiedad del Sra. Oyhanarte
Gabriela, ubicado y designado Catastralmente como: Partida I 898100,
Ubicación Catastral 1 A- 0-0-0-3-9-C-0, en calle San Lorenzo nro.289 de
nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-.
EXPTE Nro.9.668/07