EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.460/07
ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Julio Alberto
GESUALDO DNI 11.617.673 a construir ——————— según planos
obrante en el expte nro. 4029-4755/07, con excepción a la Ordenanza de
Zonificación en lo referente a la Densidad Habitacional; conforme la
documentación obrante en el Expte Administrativo Nro. 10.143/07.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 10.143/07