EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.478/07

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir Convenio ——————— con Región Sanitaria III
del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a efectos de implementar
y desarrollar "Curso de Auxiliar de Enfermería",
facultándose a abonar los siguientes gastos mensuales:

a) Coordinador Docente $ 1036

b) Psicólogo y Profesor $ 1057

c) Apoyo Docente $ 230

A las sumas descriptas debe sumarse el monto que resulte en
concepto de aportes provisionales, sociales y toda otra contribución exigida
por Ley.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE.

 

EXPTE NRO. 10.189/07