EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES , ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nro. 4.494/07
ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó ———————- poseedores a título
de dueño con frente a la obra, Construcción de Cordón Cuneta en seis (6)
cuadras y cinco (5) bocacalles completas y una (1) media bocacalle en la
localidad de OHiggins Partido de Chacabuco, de acuerdo al siguiente detalle.-
Nº ORDEN |
CALLE |
ENTRE |
1 |
San Martín |
Alsina y Mitre |
2 |
San Martín |
Dr. Maggi y Pérez Diez |
3 |
Moreno |
Alsina y Sarmiento |
4 |
Moreno |
Alsina y Mitre |
5 |
Alsina |
San Martín y Moreno |
6 |
Alsina |
Moreno y 15 de Febrero |
BOCACALLES:
Nº ORDEN |
CALLE |
1 |
Pérez Diez y San Martín |
2 |
San Martín y Mitre |
3 |
Alsina y Moreno |
4 |
Alsina y 15 de Febrero |
5 |
Moreno y Mitre |
6 |
Moreno y Sarmiento (1/2 BC) |
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y
MAYORES CONTRIBUYENTES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
Expte Nro. 10.013/07.-