EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A Nro. 4.497/07

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó ——————– poseedores a título
de dueño con frente a la obra, " Ejecución de Pavimento de Hormigón
Simple", ensanche en dos (2) cuadras y dos ( 2) bocacalles en nuestra
ciudad, de acuerdo al siguiente detalle:

CALLES:

Nro. de Orden

C A L L E

E N T R E

1

Av. Garay

Fuerza Aérea y Combatiente de Malvinas

2

Av. Garay

Combatiente de Malvinas y Etchegaray

 

 

BOCACALLES:

Nº de Orden

C A L L E

1

Av. Garay y Combatiente de Malvinas

1

Av. Caray y Etchegaray

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.

——————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES,
LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

 

 

EXPTE NRO. 9.683/06