EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.587/08
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ——————– efectuar el pago en virtud
de la documentación obrante en el expediente administrativo nro. 4029-2060/08,
por la suma total de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($
3.452,00), al agente municipal Sr. ARCE Julio Cesar en
concepto de asignación familiar por hijo discapacitado durante el período marzo-
diciembre año 2007, conforme lo prescripto por los artículos 140º y 141º del
Reglamento de Contabilidad, detallándose de la siguiente manera:
Marzo: 288,00
Abril: 288,00
Mayo: 288,00
Junio: 288,00
Julio: 400,00
Agosto: 400,00
Septiembre:400,00
Octubre: 400,00
Noviembre:400,00
Diciembre: 300,00
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el articulo
1º de PESOS TRES MIL ——————— CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($
3.452,00), se imputará a la partida de deuda flotante del actual Presupuesto
de Gastos y Recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
OCHO.-
EXPTE NRO. 10.345/08.-