EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS

ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

O R D E N A N Z A NRO 4623/08

 

ARTICULO 1º : Autorizase a Terragraria S.A. a
tramitar habilitación municipal en el

———————- inmueble sito en calle Coronel Suárez
12, que se designa catastralmente como Circ., Secc. J, Mza 688 b, Parcela 1e,
exclusivamente para el funcionamiento establecimiento comercial en el rubro "
Venta al por mayor de abonos, fertilizantes, y productos agroquímico"
,
queda expresamente prohibido funcionar como deposito de todo tipo agroquímicos
con excepción a Ordenanza Municipal Nro.2322/00 según Expte 4029-3796/07 .-

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-

DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

Expte Nro.10.081/07