EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
O R D E N A N Z A NRO 4623/08
ARTICULO 1º : Autorizase a Terragraria S.A. a
tramitar habilitación municipal en el
———————- inmueble sito en calle Coronel Suárez
12, que se designa catastralmente como Circ., Secc. J, Mza 688 b, Parcela 1e,
exclusivamente para el funcionamiento establecimiento comercial en el rubro "
Venta al por mayor de abonos, fertilizantes, y productos agroquímico" ,
queda expresamente prohibido funcionar como deposito de todo tipo agroquímicos
con excepción a Ordenanza Municipal Nro.2322/00 según Expte 4029-3796/07 .-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-
DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
Expte Nro.10.081/07