EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
O R D E N A N Z A NRO 4.626/08
ARTICULO 1º: Autorízase la construcción en el
inmueble designado catastralmente ———————- como: Circunscripción
I, Sección A, Manzana 51 Parcela 4 E, sito en Reconquista 125 de esta ciudad;
conforme plano suscripto por el Arquitecto Carlos Timpone, Matricula nro.
5808, obrante a fjs 4 y 5 del Expte Administrativo nro. 10.336/08, que forma
parte de la presente ordenanza, con excepción a los indicadores urbanísticos.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL OCHO.-
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Expte Nro.10.366/08