EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS

ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

O R D E N A N Z A NRO 4.733/08

 

ARTICULO 1º: Autorízase la construcción en el
inmueble designado catastralmente ———————- como:
Circunscripción I, Sección F, Manzana 452 b, Parcela 20, Pda. Inmobiliaria:
12462;
conforme plano suscripto por los Arquitectos Jose Luis Bruno Mat. Nº
04692, y Esteban Astudillo Mat. Nº 15.779, Obrante a fjs. 4 y 5 del Expte
Administrativo Nº 4029-4248/08, que forma parte de la presente Ordenanza, con
Excepción a los Indicadores Urbanísticos.-

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL OCHO.-

.

Expte Nro.10.581/08