EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
O R D E N A N Z A NRO 4734/08
ARTICULO 1º: Autorízase la construcción en el
inmueble designado catastralmente ———————- como:
Circunscripción I, Sección A, Manzana 106 Parcela 2 Partida Inmobiliaria 4519,
sito en San Luis Nº 174 entre Pringles y Mitre de esta ciudad; conforme plano
suscripto por el Arquitecta M. Fernanda Albamonte Matricula 21081,
obrante a fjs 4 y 5 del Expte Administrativo Nº 4029-1583/08, que forma parte de
la presente ordenanza, con Excepción a los Indicadores Urbanísticos.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL OCHO.-
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Expte Nro.10.447/08