EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br />

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 4761/08.-

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal, conforme los términos ——————– establecidos en los
Artículos 4, 5 y ccs. de la Resolución Nº 144 del 27 de Febrero de 2.007 de la
Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a
otorgar "Certificado de Prefactibilidad" con excepción a la Ordenanza Nº
3.896/05, a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO), a efectos de
instalación de una estructura de tipo luminaria para soporte de Antenas de
comunicaciones celular dentro de los limites de exposición para las
instalaciones generadoras de campos magnéticos en el "Estandar Nacional de
Seguridad" aprobado por la Resolución Nº 202/95 del M.S. y A.S. y el Manuel del
Ministro de Salud y Acción Social de la Nación; en el predio del CLUB
DEPORTIVO Y SOCAL 9 DE JULIO,
que se designa catastralmente como:
CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCION J, QUINTA 685
, del ejido de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: En el "Certificado de Prefactividad"
que extenderá el Departamento ——————– Ejecutivo, en los términos
del Artículos 4 y 5 de la Resolución 144/07, dejará expresa constancia que la
estructura del tipo de luminaria de 25 m. para el soporte de Antenas de la
Empresa AMX Argentina S.A., ya se encuentran construida.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL OCHO.-

EXPTE. Nº 10600/08-10.496/08.-