EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
O R D E N A N Z A Nº 4774/09.-
ARTICULO 1º: Autorízase a la Delegación Municipal
de Castilla al uso del espacio ——————— publico para la
colocación de 3 reductores de velocidad en calle: Calle 2 entre 103 y 105, calle
3 entre 4 y 6, calle 1 entre 2 y 4 de esa localidad.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a
través de la Secretaria de Obras y Servicios ——————– Públicos
definirá la forma, dimensión y calidad de los materiales para la construcción de
dichos reductores.
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte e los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————- Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respeto a la colocación
de reductores de velocidad en la vi publica según el Código de Transito
Provincial vigente.-
ARTICULO 4º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACACBUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL NUEVE.-
EXPTE. Nº 10.644/09.-