EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
O R D E N A N Z A NRO 4.793/09
ARTICULO 1º: Autorízase la construcción en el
inmueble designado catastralmente ———————- como:
Circunscripción I, Sección H, Manzana 570 b, Parcela 25 b, Pda. Inmobiliaria
33.498; conforme plano suscripto por el Ingeniero Edward Falabella Mat.
18282, según Expte Administrativo Nº 4029-5595/08, que forma parte de la
Ordenanza de Excepción a los Indicadores Urbanísticos.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL NUEVE.-
Expte Nro.10.686/09.-