ATRIBUCIONES
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4886/09.-
ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal a instrumentar y/o a ——————— encomendar a la entidad de
bien público denominada "ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS DE CHACABUCO",
a efectos de peticionar medida cautelar ante la autoridad jurisdiccional
competente reclamando judicialmente que la empresa prestadora del servicio de
Gas Natural en el Partido de Chacabuco "Camuzzi Gas Pampeana S.A." se
abstenga de proceder a la suspensión y/o corte de servicio de gas
correspondiente a todos aquellos usuarios cuyas facturas incluyan el cargo Fondo
Fiduciario Decreto Nº 2067/08, de modo permanente, regular y continuo en tanto
se acredite el pago de las facturas correspondientes a los períodos impugnados,
el que se deberá recibir sin incluir en el mismo el monto que surja de la
aplicación del Decreto Nº 2067/08, y normas complementarias, lo que alcanza el
21 por ciento correspondiente al IVA de esa suma, así como en facturas sucesivas
hasta tanto la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo se expida sobre
la acción peticionado la declaración de ilegitimidad y la nulidad del cargo
tarifario.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-
EXPTE NRO. 10.859/09.-