EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 4904/09.-
ARTICULO 1º: Autorizase al D.E. a proceder a la
Apertura de las Calles en la Quinta 396, ——————– conforme Plano
Mensura, revisión y bienes de Calles Obrantes en el Expte. Nº 10.832/09,
debiendo el Propietario de la Quinta Sr. Horacio Rubén FRANCIONE,
previamente y en forma fehaciente, ceder las Calles al Dominio Público y
facultar al Departamento Ejecutivo a efectos de que proceda a su apertura.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL NUEVE.-
Expte. Nº 10.832/09