ATRIBUCIONES
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 4970/09.-
ARTICULO 1º: Créase en la estructura Municipal el
agrupamiento "DOCENTE".-
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ARTICULO 2º: Los cargos existentes o a crearse en el
futuro que correspondan por sus ——————— características y la
índole de sus tareas específicas a la enseñanza en el ámbito del municipio,
deberán encuadrarse en dicho agrupamiento; a todo efecto y en particular
adecuarse a los términos y condiciones que materia previsional establece IPS.-
ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-
Expte Nro. 10.947/09.-