EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 4975/09.-

 

ARTICULO 1º: Queda Prohibido el Estacionamiento
de Vehículos" durante las 24 horas en el ———————- Perímetro
correspondiente a la "Iglesia de los Santos Arcángeles", demarcando el
cordón de la Vereda en el Perímetro mencionado con Pintura de color amarillo.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal a los efectos de señalizar la ——————— misma.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-

Expte. Nº 10922/09