ATRIBUCIONES
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO 4991/09.-
ARTICULO 1º: Autorízase a construir con Excepción a
los Indicadores Urbanísticos la ———————- obra proyectada sobre el
inmueble designado Catastralmente: Circunscripción I, Sección J, Manzana 659
C, Parcela 11 A, Pda. Inmobiliaria: 5292; según plano adjunto en el Expte.
Administrativo Nº 4029-2842/09, que forma parte de la presente Ordenanza, con
Excepción a los Indicadores Urbanísticos.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL NUEVE.-
Expte Nº 10.973/009.-