EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 5049/10.-
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento
Ejecutivo Municipal a efectuar el pago en ——————— virtud de la
documentación obrante en el expediente administrativo Nro. 4029-0373/10, por la
suma total de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 21/100 ($
5.232.21), correspondiente al Concejal Hugo Inacio, en
concepto de deuda por Antigüedad no abonada, Año 2009, conforme lo prescripto
por los artículos 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el
Artículo Nº 1º de PESOS CINCO MIL ———————- DOSCIENTOS
TREINTA Y DOS CON 21/100 ($ 5.232.21); se imputará a la partida de deuda
flotante del actual Presupuesto de Gastos y Recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.-
EXPTE NRO. 11.131/10.-