EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5065/10
ARTICULO 1º: Autorizar a la Federación
de Sociedades de Fomento de Chacabuco a la ———————
Construcción de un Cenotafio en memoria de todos los Fomentistas
fallecidos en el Cementerio Local.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal y por su intermedio a la ——————— oficina de
Obras Particulares a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas
vigentes.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
10.871/10.