EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA; la Siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5081/10.
ARTICULO 1º: Autorízase al "CENTRO
DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE ———————— CHACABUCO" al
uso del espacio público el corte de la Calle Mendoza entre (Av. Miguel y 12 de
Febrero), el día 25 de Febrero del corriente año a partir de las 10:00 hs. a
14:00 horas. Con motivo de realizar Inauguración de la Farmacia Mutual de los
Mercantiles.
ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir durante lo solicitado ———————– será
responsabilidad del peticionante.
ARTICULO 3º: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal ———————— a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacio Público.
ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.149/10.