EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5085/2010.
ARTICULO 1º: Autorízase a "Cooperativa
Eléctrica de Chacabuco Ltda.", al Uso del ————————- Espacio
Público Aéreo para la Instalación, funcionamiento y explotación de
servicio de TV por Cable, Internet y Telefonía.
ARTICULO 2º: Declárese de Interés Municipal
y Legislativo la prestación de los servicios de
————————-Telefonía, Internet y de Video Cable a través de
Cooperativas de Servicios Públicos, y que, particularmente, se conceda a esta
Cooperativa el uso del espacio aéreo de esta Ciudad a los efectos de estos
Servicios.-
ARTICULO 3º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que
————————pueda surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ————————- Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.-
EXPTE. Nº 11.182/10.