EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
:
la
siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 5095/10.

ARTICULO 1º: Autorízase a "Molino
Chacabuco S.A."
al uso del espacio público para el uso
———————— subterráneos para tendido de fibras ópticas que serán
utilizadas para la Conexión de datos entre los predios pertenecientes dicho
Molino, las mencionadas pasarán por debajo de las Calles (Ucrania esquina
Villegas (Playa de Camiones/ Centro de Distribución) Villegas esquina Siria
(Planta de Almacenaje /Centro de Distribución).

ARTICULO 2º: Los Solicitantes serán
responsables por accidentes u otros inconvenientes que
————————— puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

—————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.

EXPTE NRO. 11.196/10.