EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5101/10.
ARTICULO 1º: Autorízase a las Sociedades
de Fomento "Barrio La Esperanza", "Obras ————————-
Sanitarias Sector Oeste", "Barrio Parque Chacabuco", al uso del Espacio
Público, en Plaza 5 de Agosto;
El día 17/04 del corriente a partir de 18 a
00 hs. para realizar Festival Artístico Musical.
-El día 18/04 del corriente a partir de las
14:00 hs. a 00 hs.- Con Motivo un Festival Artístico Musical.
– El día 18/04, el corte de la
Avenida Miguel Gil entre La Rioja y Avenida Arenales desde las 14 hs. a 18 hs.
con motivo de Desfile.
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes ————————- que
pueda surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ————————– Municipal a
los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.219/10.