VISTO:
El Árbol de ALCANFOR, que se en
encuentra en Plaza Gral. San Martín de la Localidad de O´Higgins Y;
CONSIDERANDO:
Que por información recogida por parte de los vecinos
y autoridades de esa localidad, esta especie fue plantada en dicha plaza hace
mas de 105 años
Que el Alcanfor tiene propiedades medicinales,
utilizada para los dolores musculares, siendo también repelente de insectos y
otras.
Por Ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5185/10.
ARTICULO 1º: Declárese Patrimonio Histórico
Municipal, el Árbol de ALCANFOR que se ———————
encuentra en la Plaza Gral. San Martín de la Localidad de O´Higgins.
ARTICULO 2º: Extiéndase la conservación de
toda la especie del Alcanfor, en el Partido de
———————- Chacabuco.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.370/10.