EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5194/10.
ARTICULO 1º: Asignase a la Sociedad
de Fomento "Las Marías", inscripta bajo el Nº 245 en
——————— el Registro de Entidades Públicas, como ámbito de
actuación y competencia, a efectos de implementar y desarrollar los objetivos
institucionales establecidos en su Estatuto Social, la zona prografica
comprendida entre las siguientes Arterias;
N.E. Acceso Elguea Román e/ Calle Nº 825 y Ruta
Nacional Nº 7.
D.E. Calle Nº 825 S/ Avenida Saavedra y Acceso
Elguea.
S.O. Avenida Saavedra e/ Calle Nº 825 y Ruta
Nacional Nº 7.
N.O. Ruta Nacional Nº 7 e/ Avenida Saavedra y
Acceso Elguea Román.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 10.945/09.