EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5203/10.
ARTICULO 1º: Autorizase al "Centro Murga
Le Cafillo" el Uso del Espacio Público, el corte
——————— de las dos primeras cuadras de la Avenida Saavedra, el día
Domingo 26 de Septiembre del corriente año, a partir de las 20:00 a 23:00 horas.
Para la realización de encuentros de Murgas Zonales.
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.363/10.