EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5241/10.

ARTICULO 1º: Autorizase a la
"Sociedad de Fomento Barrio La Esperanza"
, el Uso del
——————– Espacio Público en Plaza 5 de Agosto los días 9 y 10
Octubre del corriente año. Con motivo de realizar un Festival Musical.

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir en dicho ——————— espectáculo, será
responsabilidad de la parte organizadora.

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo ———————- Municipal a los
efectos de atacar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos, normas de seguridad e higiene.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.

EXPTE Nº 11.427/10.