EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5262/10.
ARTICULO 1º: Autorizase la Excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nº ———————- 2322/00 a
Nicolás J. M. Cirigliano, permitiéndosele la parcelación de lotes de la
Quinta 153 del ejido de la ciudad de Chacabuco. Nomenclatura Catastral;
Circunscripción; I, Sección: C, Quinta: 153, Partida Inmobiliaria: 3114;
teniendo en cuenta indicadores urbanísticos como los de área urbana resindencial
tres (ZR3): 06, FOT: 1.2, Densidad: 150 Hab./Ha., ancho mínimo de Parcela: 12
metros, superficie mínima de Parcela: 300 metros cuadrados.
ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municial e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.478/10.