EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5268/10.
ARTICULO 1º: Autorizase a la Municipalidad
de Chacabuco a suscribir Convenio Plan ———————
Provincial con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos
Aires denominado "Más Vida"
ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.552/10.