EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5336/10.
ARTICULO 1º: Condonase y Exímase la deuda
del inmueble de la Sra. Aluise, Noemí María ———————
D.N.I. 12.653.324, con domicilio en Avenida Garay 799",
Nomenclatura Catastral: Circunscripción; I, Sección; J, Manzana; 698 C,
Parcelas; 14 A. del ejido de la Ciudad de Chacabuco.
ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.550/10.