EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5358/10.
ARTICULO 1º: Autorízase (Previo Pago de las
Tasas Municipales correspondientes), al "Sr. ———————
Horacio Leguizamón" el uso del espacio público de un 1 Metro X 1 Metro
en Vereda perteneciente a su negocio sito Calle Dr. Martini Nº 112, de la
Localidad de O´Higgins para Instalar una Heladera Tipo Rolito. Desde el mes de
Diciembre del Año 2010 hasta el día 21 de Marzo del año 2011.
ARTICULO 2º: Será obligación del
Peticionante garantizar el libre paso de los Peatones en el ——————–
Espacio Público mencionado en el Articulo Nº 1de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3 El solicitante será responsable
por accidentes u otros inconvenientes que puedan ——————- surgir
durante lo peticionante ante este H.C.D.
ARTICULO 4 Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE Nº 11.672/10.