EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5359/10.

ARTICULO 1º: Autorízase a "F y A BASILE
S.A.I.C.e.I. Molino de Trigo y Maíz- Sub
———————
Productos",
el uso del espacio público en las Calles;

* Reconquista entre (Remedios de
Escalda de San Martín y Maipú),

* Remedio de Escalada de San Martín
entre (Reconquista y Avenida Saavedra) para realizar Arreglos en el
(Pavimento/Asfalto)
.

ARTICULO 2º: Dicha Empresa queda autorizada
a realizar los arreglos Pertinentes cuando lo ——————— crea
necesario debiendo en cada caso coordinar con el Área de Policía Municipal los
diferentes cortes de las Calles mencionadas.

ARTICULO 3: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que

——————– puedan surgir durante lo
peticionado.-

ARTICULO 4: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.

EXPTE Nº 11.673/10.