EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5402/11
ARTICULO 1º: Convalidase "Acuerdo de
Cooperación para Fortalecimiento de Pequeños ———————- Productores
de Leche entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de
Chacabuco.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
———————-
DADO:
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIA DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
ONCE.
EXPTE. Nº 11.743/11.