EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5404/11
ARTICULO 1º: Desaféctase de la Zona
complementaria 1 (AC1 a la Quinta 280).
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ARTICULO 2º: Desaféctase de la Zona
Industrial 2 (ZI2) la Parcela 2 de la Quinta 198).
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ARTICULO 3º: Incorporase y afectase al
Ejido Urbano la Quinta 280 y la Parcela 2 de la ———————
Quinta 198.
ARTICULO 4º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
EXPTE Nº 11.730/11.