EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5407/11.

ARTICULO 1º: Autorízase a la "ASOCIACIÓN
PARA LA RECUPERACIÓN E
———————- INTEGRACIÓN DEL
DISCAPACITADO APRID"
el uso del espacio público el Corte de la 3º, 4º y 5º
Cuadra de Avenida Alsina. Los días 6, 7 y 8 de Marzo 2011. Para la
realización de los Festejos de los Carnavales.

ARTICULO 2º: Será responsabilidad de los
organizadores del armado y desarme de todo lo ——————— relacionado
a dicho Festival asegurando el normal funcionamiento de las Arterias solicitadas
entre los días mencionados y después de finalizados dichos Festejos.

ARTICULO 3º: Será obligación de los
organizadores que dicho Festival cuente con los Seguros ———————
correspondientes para tal fin, también dicho Festival deberá contar con lo menos
4 (cuatro) Baños Químicos).

ARTICULO 4º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal.

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.

EXPTE. 11.726/11.